NIVELES DE ALERTA
| NIVEL |
SIGNIFICADO |
QUE HACER |
ALERTA
VERDE: |
Se declarara de carácter preventiva, cuando se tenga la presencia
de un fenómeno que por su evolución, comportamiento y
características se percibe, dentro de un nivel de probabilidad, con
grado de amenaza previa, de la cual pueden considerarse ciertas
medidas de protección predeterminadas y específicas que aseguren
una condición cautelosa y de vigilancia por la probable y cercana
ocurrencia de un evento adverso. |
Las personas deben estar atentas por la emergencia y a las indicaciones que emiten Protección Civil y el SNET, para evitar cualquier especulación sobre lo que pueda ocurrir. |
ALERTA
AMARILLA: |
Se declara cuando se mantiene el desarrollo de una amenaza, en la
cual se encuentre aumentada en un 50% la probabilidad de
afectación por el evento, logrando mayor grado de certeza del
peligro que pueda existir o si sobre el territorio Nacional ya
existiese daños menores a la infraestructura por causa del evento
mayor esperado. |
Los informes técnicos son cruciales para conocer como evoluciona un evento. Para el caso, la actividad volcánica. |
ALERTA
NARANJA: |
Se activará ante el hecho que se intensifique el riesgo, logrando
alcanzar un nivel crítico mayor del 75% teniendo la posibilidad de
producir serios daños hasta lograr que se necesite la participación
de los grupos de Búsqueda y rescate y la asistencia médica y
alimentaria a albergados tal como los estipula el plan. |
Atender las recomendaciones giradas previamente por los organismos de socorro, el SNET y Protección Civil. |
ALERTA
ROJA: |
Se activará cuando la magnitud generalizada del evento ha logrado
impactar de manera severa hasta producir una situación de
desastre, debiéndose aplicar la atención de acuerdo al Plan de
Emergencia, disponiendo en un momento dado de todos los recursos
que el Estado necesite para dar seguridad y salvaguardar a la
población que se encuentre afectada o en situación de riesgo. |
Mantener la calma y no entorpecer las labores de rescate que deberán realizar los cuerpos de socorro. |
Si desea más información consulte la "LEY DE PROTECCION CIVIL; PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE DESASTRES"
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